jueves, 14 de noviembre de 2019

Los gastos de compra de una vivienda

A la hora de  comprar una vivienda, con hipoteca o sin hipoteca, siempre existen costes adicionales. Por ello, se aconseja tener unos ahorros cercanos al 10% del valor de la vivienda para afrontar estos gastos extraordinarios. Los gastos son los siguientes:


Tasación de la vivienda: En caso de solicitar una hipoteca para comprar la casa es necesario pagar una tasación de la propiedad. Así el banco sabrá el porcentaje de financiación que concederá en función del valor. El coste de la tasación depende del tipo de inmueble, y oscila entre 300 y 400 euros.

Gastos de notaría: Los honorarios del notario, regulados por la administración, dependen del precio del inmueble. Hay que pagar por dos escrituras, la de compraventa y la de la hipoteca. En una vivienda de 250.000 euros, los gastos de escritura de compraventa ascenderían a 750 euros.

Registro de la propiedad: inscribir las dos escrituras relacionadas con la compraventa de la vivienda en el registro de la propiedad podría suponer unos 450 euros para una vivienda comprada por 250.000 euros.

Impuestos: hay dos impuestos diferentes en función de si la vivienda es nueva o de segunda mano.
En la vivienda nueva, el impuesto que grava este inmueble es el iva del 10%. Por tanto, en una vivienda de 250.000 euros, el impuesto será de 25.000 euros. 
La cuota que tenemos que abonar en el caso de segundas transmisiones ITP se obtendrá aplicándola al valor real del inmueble (ojo, el valor real del inmueble es objeto de polémica dada la revisión de los valores catastrales, ver http://www.unproblemadetodos.com/contenido.php?id_noticia=193 . Para las transmisiones patrimoniales de bienes usados tenemos los siguientes tipos de gravamen:
Vivienda de segunda mano:
            8 %, con carácter general, cuando se trate de transmisión de bienes inmuebles o de la constitución y cesión de derechos reales que recaigan sobre los mismos.
           9%, la transmisión de bienes inmuebles tributará al 9% por la parte que exceda de 400.000 € hasta 700.000 €
10%, la transmisión de bienes inmuebles tributará al 10% por la parte que exceda de 700.000 €
            7 – 8%, la transmisión de garajes tributará al 8% por la parte que exceda de 30.000 €.
            Tipo reducido. 3,5 % en la transmisión de inmuebles cuyo valor real no supere 130.000 euros cuando se destinen a vivienda habitual del adquirente y éste no supere la edad de 35 años o tenga la consideración de persona con discapacidad con un grado de minusvalía reconocido igual o superior al 33 %.
El ITP Se abona una sola vez en las delegaciones de hacienda. El plazo es de 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato.

Tanto la vivienda nueva como la usada están sujetas al pago de otro impuesto: el de actos jurídicos documentados (AJD) que supone el 1,5% del precio escriturado de la compraventa y otro 1,5% de la cuantía escriturada de la hipoteca.

Gestoría: la gestoría de la entidad financiera es la encargada de tramitar la liquidación de los impuestos y de realizar otros papeleos. Sus gastos se sitúan en torno a los 400 euros.
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