Tasación de la vivienda: En caso de solicitar una
hipoteca para comprar la casa es necesario pagar una tasación de la propiedad.
Así el banco sabrá el porcentaje de financiación que concederá en función del
valor. El coste de la tasación depende del tipo de inmueble, y oscila entre 300
y 400 euros.
Gastos de notaría: Los honorarios del notario, regulados por
la administración, dependen del precio del inmueble. Hay que pagar por dos
escrituras, la de compraventa y la de la hipoteca. En una vivienda de 250.000
euros, los gastos de escritura de compraventa ascenderían a 750 euros.
Registro de la propiedad: inscribir las dos escrituras
relacionadas con la compraventa de la vivienda en el registro de la propiedad
podría suponer unos 450 euros para una vivienda comprada por 250.000 euros.
Impuestos: hay dos impuestos diferentes en función de si la vivienda es
nueva o de segunda mano.
En la vivienda nueva, el impuesto que grava
este inmueble es el iva del 10%. Por
tanto, en una vivienda de 250.000 euros, el impuesto será de 25.000
euros.
La cuota que
tenemos que abonar en el caso de
segundas transmisiones ITP se obtendrá aplicándola al valor real
del inmueble (ojo, el valor real del inmueble es objeto de polémica
dada la revisión de los valores catastrales, ver http://www.unproblemadetodos.com/contenido.php?id_noticia=193 . Para las
transmisiones patrimoniales de bienes usados tenemos los siguientes tipos de
gravamen:
Vivienda de
segunda mano:
8 %, con carácter general, cuando se
trate de transmisión de bienes inmuebles o de la constitución y cesión de
derechos reales que recaigan sobre los mismos.
9%, la transmisión de bienes inmuebles
tributará al 9% por la parte que exceda de 400.000 € hasta 700.000 €
10%, la transmisión
de bienes inmuebles tributará al 10% por la parte que exceda de 700.000 €
7 – 8%, la transmisión de garajes
tributará al 8% por la parte que exceda de 30.000 €.
Tipo reducido. 3,5 % en la
transmisión de inmuebles cuyo valor real no supere 130.000 euros cuando se
destinen a vivienda habitual del adquirente y éste no supere la edad de 35 años o tenga la consideración de
persona con discapacidad con un grado de minusvalía
reconocido igual o superior al 33 %.
El ITP Se abona una sola vez en las delegaciones de hacienda. El plazo
es de 30 días hábiles posteriores a la firma del contrato.
Tanto la vivienda
nueva como la usada están sujetas al pago de otro impuesto: el de actos jurídicos documentados (AJD) que
supone el 1,5% del precio
escriturado de la compraventa y otro 1,5%
de la cuantía escriturada de la hipoteca.
Gestoría: la gestoría de la entidad financiera es la encargada de tramitar
la liquidación de los impuestos y de realizar otros papeleos. Sus gastos se
sitúan en torno a los 400 euros.
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